Diferencias entre ERE Y ERTE

Sin comentarios agosto 28, 2020

La pandemia que llevamos sufriendo durante estos meses, ha provocado que diferentes empresas y compañías hayan cesado su actividad, lo que ha desencadenado la aplicación y solicitud de ERES y ERTES. El primero de ellos quizás fuera hasta hace unos meses el más conocido, y apenas se conocía lo que era un ERTE ¿pero cuáles son las diferencias entre ambos?

La principal diferentes entre ambos es la duración de sus consecuencias, ya que en el caso del ERE son definitivas y en el del ERTE son puntuales o temporales.

A continuación te explicaremos más concreto cada uno de ellos.

¿Que es un ERE?

Las siglas de este término significan Expediente de Regulación de Empleo y cuyas consecuencias como ya hemos indicado son irrevocables, ya que provoca despidos efectivos, por lo que la situación de los empleados pasa a ser de paro o desempleo

Este aspecto jurídico se utiliza cuando la empresa cesa totalmente la actividad. Para poder aplicarlo tiene que afectar a 10 empleados en compañías con menos de 100 trabajadores, el 10% en las que tienen entre 100 y 300 trabajadores y al 30% se se cuenta con una plantilla de más de 300 trabajadores

¿Qué es un ERTE?

Las siglas de este téwrmino significan Expediente de Regulación Temporal de Empleo, y como ya indica los términos, estable un periodo limitado de tiempo, por lo son suspensiones temporales de parte o toda la plantilla de trabajadores. En este caso la situación de los trabajadores sería en activo.

A diferencia del ERE, la empresa que lo soliciten puede seguir en actividad sin tener que cesar la actividad

La duración del ERTE tampo está establecida por ley, sino que la deciden la empresa y los empledos.

Diferencia ERE y ERTE

¿Existe indemnización en caso de ERE Y ERTE?

En el caso de que la empresa solicite un ERTE, el trabajador o tendrían indemnización como tal, pero puede beneficiarte de un pago porcentual, o por horas, dentro de la prestación de desempleo.

Sin embargo en el caso de ERE, si que existe una indemnización cuya cuantia negocia los trabajadores o sus representantes y la empresa. Además las personas que se vean afectada por ello, tienen derecho a una prestación por desempleo completa, cuyo mínimo es de 20dias por año trabajado

Tanto uno como el otro se encuentran dentro del Estatuto de los trabajadores y explicadas su alicación con la Ley 3/2012 para tratar de solucionar situaciones económics, técnicas, organizativas o de producción de las compañías o empresas.

Si te encuentras en cualquiera de estos dos casos, y necesitas asesoramiento legal, no dudes en contactar con nosotros, te ayudaremos en este proceso.


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